Si estás pensando en rehabilitar la fachada y/o cubierta de tu edificio, este artículo sobre ayudas económicas disponibles para este fin, te puede interesar.
El próximo 3 de febrero de 2018 se reactivan las ayudas estatales del IDAE-Instituto para la Diversificación y Ahorro energético.
Estas ayudas están destinadas a:
- Mejorar la eficiencia energética de la envolvente térmica
- Mejorar la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación
- Sustitución de energía convencional por energía solar térmica
- Sustitución de energía convencional por energía geotérmica
Por lo que si una comunidad de vecinos está pensando en rehabilitar su fachada con un sistema sate o un sistema de fachada ventilada (ambos incluyen aislamiento), podrán acogerse a este tipo de ayudas, tanto para la realización del proyecto como de la obra.
Las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación o una combinación de varias.
En esta nueva convocatoria, estás ayudas serán incompatibles con otras ayudas de otras administraciones o instituciones que se concedan para el mismo fin, a excepción de algunos casos en los que se aplican criterios sociales o de alta eficiencia energética.
El edificio sobre el que se actúa debe ser existente, anterior al año 2007.
Estas ayudas no podrán solicitarse para casos de nueva construcción o ampliación de edificios existentes, ni cambios de uso, ni en edificios industriales o agrícolas.
Así mismo, otra de las novedades respecto a la convocatoria anterior es que los beneficiarios solicitantes de la ayuda deben tener personalidad jurídica de naturaleza privada o pública, dejando excluidos a los propietarios de viviendas unifamiliares.
Estas ayudas son de dos tipos:
- Entrega dineraria sin contraprestación
- Préstamo reembolsable
En el caso de rehabilitación de una fachada con aislamiento, que permita subir una letra en la escala, el tipo de actuación sería Tipo 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica y podría recibir un 30%* del coste de la intervención (*algunos aspectos no se incluyen en esto, como puede ser el iva u otros gastos, por eso se define el término “coste elegible”- para más información sobre esto, consultar las bases de la subvención-) y en algunos casos concretos se puede obtener una ayuda adicional a la básica si se cumplen algunas características específicas, por ejemplo para edificios de viviendas calificados definitivamente bajo algún régimen de protección pública o para intervenciones que suben 2 o más letras en la escala de eficiencia energética.
Este es el cuadro de ayudas, publicado en la web del IDAE:
Tipologías de actuación (% s/ coste elegible) |
CUANTÍA MÁXIMA ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
CUANTÍA MÁXIMO PRÉSTAMO REEMBOLSABLE |
|
Ayuda BASE | Ayuda Adicional por criterio social, eficiencia energética o actuación integrada | ||
Tipo 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica | 30% | En función del uso del edificio y de acuerdo a lo establecido en Anexo I, para el tipo de actuación. Hasta los límites de la normativa de ayudas de Estado o tasa de cofinanciación FEDER en la Comunidad Autónoma donde radique el proyecto, según el Anexo V. | 60% |
Tipo 2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación | 20% | 70% | |
Tipo 3. Sustitución de energía convencional por energía solar térmica. | 30% | 60% | |
Tipo 4. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica | 30% | 60% |
Y las ayudas adicionales a la básica son estas:
Las características del préstamo son estas:
2.- Los préstamos reembolsables tendrán las condiciones siguientes:
- Tipo de interés: Euribor + 0,0 %.
- Plazo máximo de amortización de los préstamos: 12 años (incluido un período de carencia opcional de 1 año).
- Garantías: Aval bancario, contrato de seguro de caución, o depósito en efectivo a favor del IDAE en la Caja General del Depósitos del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, por importe del 20% de la cuantía del préstamo.
En la web del IDAE tenéis más detalles de las condiciones y características de esta ayuda. Aquí os dejamos el enlace:
Y hasta aquí el artículo de hoy, nos encanta abrir el año con tan buenas y esperadas noticias como estas ayudas económicas, Feliz año a todos!
Esperamos que haya sido de vuestro interés este artículo.
Estamos abiertos a vuestras sugerencias, si estáis interesados en algún tema en concreto, no dudéis en enviarnos vuestras ideas o propuestas.
El equipo de www.espaciolarq.com