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Febrero 2018: Nuevas Ayudas estatales para REHABILITACIÓN. EFICIENCIA ENERGÉTICA- Programa PARER II-IDAE

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Si estás pensando en rehabilitar la fachada y/o cubierta de tu edificio, este artículo sobre ayudas económicas disponibles para este fin, te puede interesar.

 

El próximo 3 de febrero de 2018 se reactivan las ayudas estatales del IDAE-Instituto para la Diversificación y Ahorro energético.

 

Estas ayudas están destinadas a:

  • Mejorar la eficiencia energética de la envolvente térmica
  • Mejorar la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación
  • Sustitución de energía convencional por energía solar térmica
  • Sustitución de energía convencional por energía geotérmica

 

Por lo que si una comunidad de vecinos está pensando en rehabilitar su fachada con un sistema sate o un sistema de fachada ventilada (ambos incluyen aislamiento), podrán acogerse a este tipo de ayudas, tanto para la realización del proyecto como de la obra.

 

Las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación o una combinación de varias.

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En esta nueva convocatoria, estás ayudas serán incompatibles con otras ayudas de otras administraciones o instituciones que se concedan para el mismo fin, a excepción de algunos casos en los que se aplican criterios sociales o de alta eficiencia energética.

El edificio sobre el que se actúa debe ser existente, anterior al año 2007.

Estas ayudas no podrán solicitarse para casos de nueva construcción o ampliación de edificios existentes, ni cambios de uso, ni en edificios industriales o agrícolas.

Así mismo, otra de las novedades respecto a la convocatoria anterior es que los beneficiarios solicitantes de la ayuda deben tener personalidad jurídica de naturaleza privada o pública, dejando excluidos a los propietarios de viviendas unifamiliares.

 

Estas ayudas son de dos tipos:

  • Entrega dineraria sin contraprestación
  • Préstamo reembolsable

 

En el caso de rehabilitación de una fachada con aislamiento, que permita subir una letra en la escala, el tipo de actuación sería Tipo 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica y podría recibir un 30%* del coste de la intervención (*algunos aspectos no se incluyen en esto, como puede ser el iva u otros gastos, por eso se define el término “coste elegible”- para más información sobre esto, consultar las bases de la subvención-) y en algunos casos concretos se puede obtener una ayuda adicional a la básica si se cumplen algunas características específicas, por ejemplo para edificios de viviendas calificados definitivamente bajo algún régimen de protección pública o para intervenciones que suben 2 o más letras en la escala de eficiencia energética.

 

Este es el cuadro de ayudas, publicado en la web del IDAE:

 

 

Tipologías de actuación

(% s/ coste elegible)

CUANTÍA MÁXIMA ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN  

CUANTÍA MÁXIMO PRÉSTAMO REEMBOLSABLE

Ayuda BASE Ayuda Adicional por criterio social, eficiencia energética o actuación integrada 
Tipo 1.  Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica 30% En función del uso del edificio y de acuerdo a lo establecido en Anexo I, para el tipo de actuación. Hasta los límites de la normativa de ayudas de Estado o tasa de cofinanciación FEDER en la Comunidad Autónoma donde radique el proyecto, según el Anexo V. 60%
Tipo 2.  Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación 20% 70%
Tipo 3. Sustitución de energía convencional por energía solar térmica. 30% 60%
Tipo 4.  Sustitución de energía convencional por energía geotérmica 30% 60%

 

Y las ayudas adicionales a la básica son estas:

ayudas adicionales parer 2 rehabilitacion

Las características del préstamo son estas:

 

2.- Los préstamos reembolsables tendrán las condiciones siguientes:

  • Tipo de interés: Euribor + 0,0 %.
  • Plazo máximo de amortización de los préstamos: 12 años (incluido un período de carencia opcional de 1 año).
  • Garantías: Aval bancario, contrato de seguro de caución, o depósito en efectivo a favor del IDAE en la Caja General del Depósitos del  Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, por importe del 20% de la cuantía del préstamo.

 

 

En la web del IDAE tenéis más detalles de las condiciones y características de esta ayuda. Aquí os dejamos el enlace:

http://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-rehabilitacion-de-edificios-programa-pareer/segunda-convocatoria-del

 

 

Y hasta aquí el artículo de hoy, nos encanta abrir el año con tan buenas y esperadas noticias como estas ayudas económicas, Feliz año a todos!

Esperamos que haya sido de vuestro interés este artículo.

 

Estamos abiertos a vuestras sugerencias, si estáis interesados en algún tema en concreto, no dudéis en enviarnos vuestras ideas o propuestas.

 

 

El equipo de www.espaciolarq.com